Normas para la utilización con carácter informativo, de la marca y logotipo "Burgos 2016 Capital Europea de la Cultura"
Finalidad del uso del logotipo
La marca y logotipo “Burgos 2016 Capital Europea de la Cultura” son los distintivos registrados de la candidatura de la ciudad de Burgos, para concurrir a esta acción comunitaria.
El Pleno del Ayuntamiento de Burgos del 12 de enero de 2007, aprobó por unanimidad la propuesta conjunta de los grupos municipales de presentar candidatura recabando el más amplio apoyo de la sociedad.
Con tal finalidad, podrá autorizarse el uso de los distintivos de la candidatura en determinadas actuaciones promovidas por administraciones, instituciones, empresas o particulares al objeto de manifestar su apoyo a la candidatura de Burgos con carácter informativo.
Este tipo de autorización no dará lugar a contraprestación alguna, ni podrá interpretarse como la cesión de la marca para su uso corporativo en solitario o en conjunción con los de un tercero, o para la producción y distribución de artículos promocionales sean o no, destinados a la venta.
Las actividades desarrolladas bajo este tipo de autorización, tienen un mero carácter informativo, e implican la adhesión y apoyo expreso a la candidatura de los organizadores de dichas actividades sin ningún otro tipo de consideración comercial.
Actuaciones que podrán obtener esta autorización.
El uso del logotipo y marca se usará para dar a conocer el interés de la ciudad de Burgos en obtener la designación como Capital Europea de la Cultura en 2016, ajustándose a las siguientes normas.
- Las actuaciones autorizadas deberán ser coincidentes con los valores de la acción comunitaria Capital Europea de la Cultura, y ser respetuosas con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Medio Ambiente.
- La marca y logotipo, únicamente podrá utilizarse para promocionar la candidatura, es decir, no podrá usarse con posterioridad a la decisión de la Comisión Europea que designe a la ciudad que organizará la Capital Europea en el año 2016.
- La marca y logotipo podrá lucir en cualquier tipo de soporte publicitario de la actividad, siempre que se ajuste a las normas gráficas del manual de estilo, no incorpore texto adicional o modifique la grafía, reuniendo las condiciones de legibilidad para el soporte solicitado y con unas dimensiones no inferiores a los demás logotipos con los que en su caso se acompañe.
Procedimiento de la solicitud y obtención de la autorización.
Los promotores de las actuaciones que reúnan las condiciones anteriormente citadas, podrán solicitar en formato normalizado a la Presidencia del Instituto Municipal de Cultura del Burgos del Ayuntamiento de Burgos o a través de una entidad gestora, autorización para el uso del logotipo con carácter informativo.
En el formulario deberá hacerse constar los datos del solicitante, su plena conformidad con las normas de utilización, y la actividad o actividades para las que se solicita.
La autorización quedará sujeta a la presentación previa de las pruebas de rotulación y arte final de los soportes que publiciten la actuación para las que se solicita el uso de la marca, no constituyendo la obtención de dicha autorización derecho en favor del solicitante para otros usos.
Para una mejor valoración y seguimiento de la marca, se podrá solicitar información estadística sobre el impacto en la utilización esperada del logotipo, como pueda ser; aforo de la actuación, número de elementos rotulados, área geográfica de distribución, y tiempo estimado de la exposición del logotipo.
Tras su valoración, la autorización determinará la actuación y el periodo de tiempo durante el cual podrá utilizarse la marca y logotipo, los soportes en los que se reproducirá, y la información estadística que en su caso se compromete a suministrar el solicitante. En ningún caso el silencio o falta de contestación podrá interpretarse de manera favorable al solicitante.
El solicitante bajo su sola responsabilidad garantizará que las actividades se lleven a cabo de conformidad con la ley y con la cobertura de riesgos que precise, no asumiendo el propietario de la marca ni la entidad gestora responsabilidad alguna frente a terceros.
Este tipo de autorización se concederá al solicitante de manera gratuita sobre la base de la veracidad de los datos aportados y el estricto cumplimiento de las normas para su utilización, reservándose el propietario de la marca el derecho de negociar cualquier otro tipo de autorizaciones no contempladas en estas normas.
Estas normas fueron aprobadas con fecha de 7 de noviembre de 2007 por el Consejo Ejecutivo del Instituto Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Burgos.
|